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FACEAPP Y LA CAMPAÑA DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA PARA SER LA NUEVA AUTORIDAD DE PROTECCIÓN DE DATOS

  • Lunes 22 de Julio de 2019
  • Autor Carlos Reusser
  • 0
  • 12615 / Seccion: Tecnología

Creo justo decirles que originalmente esta columna la iba a titular “El Consejo para la Transparencia y sus recomendaciones de mierda”, pero con el correr de las horas preferí sacrificar esa verdad en el altar de la corrección política.

El tema de fondo de esta columna tiene relación con mi indignación por el provecho que se ha pretendido sacar de cierta noticia cuyos detalles probablemente no les son desconocidos: desde el año 2017 existe una aplicación informática para teléfonos móviles llamada FaceApp que, gracias a técnicas de Inteligencia Artificial y trabajando sobre fotografías de personas, simula predecir cómo serás de viejo, cómo fuiste de joven, cómo te verías si fueras de otro sexo, y también mostrar al fotografiado con diversos cambios de estilo (con y sin cabello, barba, anteojos, sonrisas, etcétera).

La aplicación informática ha sido desarrollada por una empresa de San Petersburgo, lo que al principio generó alguna reacción histérica que, sin verificación alguna y en base al demodé estereotipo de ruso-malvado-comunista, apuntaba a que la citada aplicación podía ser un peligro tanto para la seguridad nacional como la de las personas, sobre todo en lo referente a eventuales robos de identidad o futuros usos de las imágenes en sistemas de reconocimiento facial.

Buscando evidencias para sostener semejante teoría, se examinaron las condiciones de uso del software, redactadas probablemente por algún infausto abogado civilista o mercantilista, disciplinas ambas en que no se busca respetar derechos fundamentales, sino establecer las cláusulas más abusivas posibles con el fin de poder hacerlo todo y nunca asumir responsabilidades de ningún tipo, y allí se señalaba que los usuarios, por el solo hecho de utilizar FaceApp, extendían una «licencia perpetua, irrevocable, no exclusiva, sin royalties, totalmente pagada y transferible para usar, reproducir, modificar, adaptar, publicar, traducir, distribuir, realizar públicamente y mostrar los contenidos del usuario, y cualquier nombre o imagen proporcionada en relación con dicho contenido, en todos los formatos de medios y canales, sin compensación para el usuario».

Algunos medios norteamericanos recogieron todo esto, lo que fue traducido y republicado en diversas partes del mundo sin análisis, revisión, ni contextualización alguna, Chile incluido, desatando una inexplicable paranoia que idealmente debió ser frenada por quienes se dedican a temas de seguridad y protección de datos, pero que en su mayoría simplemente optaron por republicar dicha noticia falsa y seguir con sus vidas.

Y todo terminaría ahí, si no fuera porque en Chile el Consejo para la Transparencia se encuentra en una feroz campaña política y publicitaria que pretende, acallando a los especialistas nacionales y a las autoridades internacionales en la materia, que se les entregue por ley las facultades que en otras latitudes tienen las autoridades de protección de datos, esto es, las autoridades públicas independientes que supervisan, mediante los poderes de investigación y sanción, la aplicación de la legislación sobre protección de datos, como la Agencia Española de Protección de Datos o el Garante de la Protección de Datos Personales de Italia o la Junta de Inspección de Datos de Suecia.

No ha escatimado esfuerzos ni recursos en esto: convencieron al Presidente de la República para que modificara el proyecto de ley de protección de datos, reemplazando a la que iba a ser la nueva Agencia de Protección de Datos por el Consejo para la Transparencia; ha contratado lobistas en el Congreso Nacional para influir en el texto de la futura ley de protección de datos (a los cuales viste de asesores del Consejo); ha mentido al público diciendo que en el resto del mundo lo normal es que las autoridades de transparencia sean también los que están a cargo de protección de datos y que esa es la mejor opción (cuestión desmentida por la comisaria europea VÄ›ra Jourová en reciente visita al país); omite informar cómo es la estructura de funcionamiento en los países en que formalmente las funciones de transparencia y protección de datos reposan en el mismo órgano; apela a tácticas reñidas con la ética para deshacerse con mano izquierda de quienes ve como escollos a su ambición; y se presenta ante la ciudadanía como el defensor de los datos de las personas, aun cuando sus decisiones muchas veces dicen lo contrario.

En este contexto aparece la noticia de FaceApp, y en vez de analizar y verificar de lo que realmente se trata, el Consejo para la Transparencia opta por colgarse de este embuste en los medios de comunicación, dando por cierto que «quienes usan esta aplicación entregan sus datos biométricos a una empresa con bajos estándares de protección de datos» para, a su vez, promoverse como la solución al problema, indicando que es necesario aprobar una nueva ley de protección de datos, «donde un órgano autónomo e independiente, como el Consejo para la Transparencia, sea el encargado de velar por el resguardo de datos personales». Nada de sutilezas.

El Presidente del Consejo para la Transparencia, además, recomienda en su Twitter no usar la aplicación de la “empresa rusa con bajos estándares de protección de datos”, cuestión que me repatea particularmente, dado el cinismo que encubre y que les explico a continuación.

¿Alguno de ustedes ha escuchado el llamado del Consejo para la Transparencia a no usar Google ni Facebook por sus bajos estándares de protección de datos, como sí hace respecto de FaceApp? No, ¿verdad?. De hecho, dicho organismo público tiene cuenta en Facebook y su sitio web oficial contiene rastreadores de Google, como pueden verificar mirando el código fuente.

Y la aplicación FaceApp, lo que en realidad trae integrados, son precisamente los rastreadores de las empresas Facebook y Google, condenadas ambas por diversos tribunales por vulneraciones de datos personales (un análisis detallado del contenido de la aplicación, véalo acá).

Tengan asimismo presente que también los sitios y páginas web de los medios en que leyeron noticias alarmistas sobre FaceApp, así como las declaraciones del Consejo para la Transparencia al respecto, usualmente llevan insertos códigos que permiten hacer comentarios con la identificación que provee Facebook y tienen también en su código fuente conexiones al sistema de análisis de páginas web de Google: ambas herramientas posibilitan hacer capturas de datos y análisis del comportamiento de nosotros, los usuarios de esas páginas, por el solo hecho de visitarlas.

Ninguna de esas empresas cumplen con altos estándares de protección de datos, particularmente porque, además de las infracciones legales que cometen en aras de la prosperidad de sus negocios, tienen su sede en los Estados Unidos, país en que rige la Patriot Act, norma que autoriza a los organismos de inteligencia a solicitar a las empresas los datos personales que se les vengan en gana, y tales empresas tienen la obligación jurídica no solo de entregárselos, sino también la de mentir y decirnos que nunca los han entregado.

Esto el Consejo para la Transparencia lo sabe o lo debería saber, pero en vez de explicárselo a los ciudadanos, prefiere colgarse de la noticia de moda para hacerse autopropaganda.

Y también me indigna el silencio u omisión de esta realidad por parte del Consejo para la Transparencia por otra razón: develar las verdades de la vigilancia y explotación de los datos personales le ha costado sangre, sudor y lágrimas a muchas personas, siendo tal vez el caso más emblemático el de Edward Snowden, cuyas acciones en definitiva aguzaron los ojos del mundo hacia la protección de los datos personales: el precio de los derechos y libertades que gozamos como ciudadanos no son graciosas concesiones de los poderes públicos, sino que alguien lo ha pagado.

Entonces, si eres un organismo público que aspira en constituirse en Autoridad de Protección de Datos Personales, tu deber es ilustrar a las personas sobre la realidad completa; si te centras solo en la noticia de moda para, aprovechando la ola, sacar una mezquina ventaja, revelas que en realidad la protección de los derechos de las personas solo te importa si es funcional a tus intereses.

  • Acerca del Autor (Carlos Reusser)
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Carlos Reusser:
Cañetino. Abogado, U de Chile | Magíster Derecho Constitucional, PUC | Máster en Informática, Derecho y Especialista en DDHH, U Complutense.
Doctor en Derecho | Redactor de la Ley de Transformación Digital del Estado | Miembro del Consejo Jurídico de la Secretaría de Gobierno Digital | Presidente del Instituto Chileno de Derecho y Tecnologías

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